Texto: Jesús Saavedra

Chilpancingo, Gro., 10 de septiembre de 2021.- Por órdenes de la sala regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), los magistrados locales electorales tuvieron que reclasificar la gravedad de la falta e imponer una sanción económica más elevada a Ricardo Taja Ramírez y al PRI por haber cometido violencia política contra las mujeres en razón de género.

La candidata de Morena y ahora alcaldesa electa de Acapulco, Abelina López Rodríguez interpuso una queja ante el Tribunal Electoral del Estado (TEE) en contra de Taja Ramírez y el PRI, por haber cometido en su agravio violencia política en razón de género.

En campaña, Taja Ramírez se refirió de manera despectiva hacia la candidata de Morena y de la propia alcaldesa, Adela Román Ocampo, quienes dijo no han podido ser madres y no saben lo que es una familia y que él como hombre casado y con hijos sí sabía lo que era ser jefe de familia y cuidar de Acapulco.

Esas declaraciones públicas le valieron esa queja en su contra y al PRI por haber permitido que su candidato cometiera violencia política contra las mujeres en razón de género y se inició un Procedimiento Especial Sancionador (PES).

El PES se resolvió el pasado 16 de junio por el TEE, quien sentenció que Taja Ramírez y el PRI sí habían cometido violencia política en razón de género en agravio de Abelina López Rodríguez y calificó: “la infracción que incurrió el denunciado es levísima” y por ello se le impuso como sanción una “amonestación pública”.

López Rodríguez se inconformó de esa resolución y recurrió a la sala regional Ciudad de México del TEPJF, instancia que el pasado 19 de agosto resolvió y le ordenó al TEE dictar una nueva sentencia y reclasificar la gravedad de la infracción de Taja Ramírez y el PRI.

Por ello y ante la instrucción de esa sala regional, el TEE sesionó este viernes y reclasificó la falta del priísta y su partido, “la infracción es grave ordinaria” y no “levísima” como había dictado en junio pasado.

Además en lugar de amonestación pública a Taja Ramírez y al PRI, se le impuso una sanción a cada uno de 8 mil 962 pesos que deberán pagar en los próximos días.

También los magistrados ordenaron a Taja Ramírez que en “atención a la gravedad de la infracción se estima indispensable que haya garantías de no repetición se ordena deberá inscribirse y aprobar cursos en línea de la Secretaría de la Mujer, debiendo remitir evidencia que tomó cuatro cursos en materia de respeto a las mujeres en los próximos 90 días naturales a partir de la sentencia”, indicaron.

En otro asunto, en la sesión de este viernes los magistrados del TEE ordenaron a la dirección de lo Contencioso Electoral del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana en Guerrero que concluyan una diligencia procesal en el juicio de la alcaldesa de Iliatenco, Ruperta Nicolás Hilario quien ha pedido que se anule la elección de ese municipio donde participó para reelegirse en el cargo, pues el PT y su candidato, Eric Sandro Leal Cantú (quien tiene constancia de alcalde electo) cometieron en su contra violencia política en razón de género.

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