Texto: Alberto Gómez
Chilpancingo, Gro; 10 de octubre del 2019.- Para dar certeza legal en el sector inmobiliario, otorgando una seguridad jurídica y erradicar “coyotaje”, la diputada local de Morena, Yoloczin Domínguez Serna presentó una iniciativa de reforma a la Ley número 864 de Operaciones Inmobiliarias del Estado de Guerrero.
Durante la sesión ordinaria de este jueves, la legisladora morenista detalló que la adición a la ley permitirá dar certeza legal en el sector inmobiliario, para que los inversionistas tengan seguridad jurídica al momento de invertir.
En tribuna Domínguez Serna fundamentó que el “coyotaje” aumenta principalmente en temporales vacacionales en la renta de departamento o condominios, en virtud que muchas personas se promocionan con anuncios muy vistosos de manera digital, y “en muchos de los casos no cumplen con lo que se comprometen, quedándose con el deposito que recibieron para asegurar la venta y/o renta de un bien inmueble”, señaló.
Indicó que la iniciativa pretende regular las operaciones inmobiliarias en Guerrero para dar certeza a las personas que invierten en obtener un patrimonio, de que su persona, su familia, sus pertenecías y derechos estén protegidos por las diferentes leyes y sus autoridades, y en caso de que se tenga que llevar a cabo un procedimiento legal, éste sea realizado según lo establecido en el marco jurídico.
“Con la presente iniciativa se busca que los inversionistas tengan la certeza legal al momento de invertir, entendiéndose como seguridad jurídica un principio del derecho, universalmente reconocido, que se basa en la «certeza del derecho», tanto en el ámbito de su publicidad como en su aplicación, y que significa la seguridad de que se conoce, o puede conocerse, lo previsto como prohibido, ordenado o permitido por el poder público”, explicó la legisladora.
De esta manera se les impondrá una sanción de mil veces el valor diario de la unidad de medida y actualización, sin menoscabo de la responsabilidad civil y/o penal en que incurran a las personas que se ostenten como Agentes Profesionales Inmobiliarios sin contar con la licencia a que se refiere la presente Ley, así como a las personas físicas y/o jurídicas que realicen operaciones inmobiliarias sin tener vigente su licencia en los términos de lo dispuesto por esta Ley.
Así como a los Profesionales Inmobiliarios con registro estatal que durante la vigencia de su registro hubieran sido condenados por delito de carácter patrimonial, serán sancionados con la cancelación del registro y, en su caso, revocación de la Licencia respectiva. De acuerdo a lo estipulado en el artículo 28 de la presente Ley.
