La modificación legal establece como agravante que el despojo se cometa aprovechándose de la condición de persona adulta mayor, con enfermedad, discapacidad, ausencia prolongada, analfabetismo, entre otros
Texto Pulso Informativo
Chilpancingo, 23 de septiembre de 2026.- Aprueban reforma al artículo 246 del Código Penal para ampliar los supuestos que agravan el delito de despojo y establecer sanciones más severas cuando se aproveche la condición de vulnerabilidad de la víctima.
La modificación establece como agravante que el despojo de un bien inmueble se cometa aprovechándose de la condición de una persona adulta mayor, enfermedad, discapacidad, ausencia prolongada, analfabetismo,
desconocimiento de la ley o situación de abandono del propietario o legítimo poseedor.
En estos casos, las penas previstas para el delito de despojo se incrementarán hasta en dos terceras partes de la pena máxima. La reforma también contempla una sanción de ocho a 14 años de prisión y de 300 a 600 días de multa cuando el despojo sea cometido de manera reiterada, o cuando el responsable sea familiar por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado, apoderado legal, albacea, servidor público, notario, administrador de bienes o cualquier persona con quien la víctima mantenga una relación de confianza.
La misma sanción se aplicará cuando el bien afectado constituya la única vivienda de la víctima. El artículo 246 reformado mantiene además la agravante para los casos en que el despojo sea cometido por tres o más personas, supuesto en el que las penas previstas en el artículo anterior se incrementarán hasta en una mitad.
Asimismo, establece que a los autores intelectuales o a quienes dirijan la invasión del inmueble se les impondrán de cuatro a ocho años de prisión y de 100 a 400 días multa.
De acuerdo con la argumentación de la reforma, la legislación vigente contemplaba de manera limitada algunas condiciones de vulnerabilidad, como ser mayor de 60 años o tener una discapacidad “notoriamente evidente”.
La modificación busca ampliar y precisar los supuestos de vulnerabilidad para evitar interpretaciones restrictivas y atender casos en los que el despojo pueda ocurrir mediante abuso de confianza, simulación jurídica o contratos irregulares
