Empleados del Departamento Editorial y Publicaciones realizaban plantillas de la leyenda «Saldaña Es» en unas placas de triplay y al notar que eran observados, cerraron el portón del inmueble

Texto Alexis Blancas

Chilpancingo, 24 de julio de 2026.- Este viernes, trabajadores del Departamento de Mantenimiento Archivo de Editoriales y Publicaciones de la Universidad Autónoma de Guerrero (UAGro), ubicada sobre la calle Nicolás Catalán de esta ciudad capital, fueron sorprendidos realizando propaganda política del aspirante a coordinador de la Cuarta Transformación en Guerrero Javier Saldaña Almazán.

Los empleados realizaban moldes de la leyenda «Saldaña Es» en unas placas de triplay, pero al notar que eran observados, cerraron el portón del inmueble.

Estás mismas letras, desde días pasados han comenzado a ser plasmadas en distintos puntos de la ciudad, principalmente sobre el boulevard René Juárez Cisneros, metros más adelante del Hospital de la Madre y el Niño Guerrerense (HMNG), al sur de la ciudad.

Cabe señalar que al realizar esta acción, dentro de una dependencia de la máxima casa de estudios en Guerrero, podría incurrir en un tema de ilegalidad, ya que podría considerarse en uso de recursos de la propia universidad para realizar y dispersar propaganda política.

De acuerdo al artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los recursos de los cuales disponga la federación, entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, serán utilizados con eficiencia, eficacia, transparencia y honradez para satisfacer las objetivos a los que fueron destinados.

De igual manera, cualquier propaganda de comunicación que sea difundida por los poderes públicos, órganos autónomos, dependencias y entidades de la administración pública o cualquier otro ente de los tres niveles de gobierno debe de ser de carácter institucional, informativo, educativo o de orientación social.

Además de que estos mensajes no deben de incluir nombres, voces, imágenes o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público.

Por su parte, la Ley General en Materia de Delitos Electorales, en su artículo 11, determina que, se impondrá de quinientos a mil días de multa y prisión de cuatro a nueve años al servidor o servidora pública que, use o permita el uso de los recursos públicos, fondos, servicios o beneficios relacionados con programas sociales con la finalidad de incidir en la población para posicionarse o posicionar a algún servidor público, precandidato, candidato, partido político o coalición.

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