Los denunciantes no presentaron pruebas que acreditaran las causales; conforme al artículo 251 del Código Procesal Civil del Estado, la carga de la prueba recae en quien afirma los hechos
Texto Pulso Informativo
Chilpancingo, 8 de octubre de 2025.- Declaran improcedente la solicitud de juicio de revocación de mandato contra la presidenta municipal de José Joaquín de Herrera (Hueycantenango), Micaela Manzano Martínez (Morena-PVEM-PT), debido a que los denunciantes no presentaron pruebas que acreditaran las supuestas irregularidades y corrupción en la administración municipal.
Al fundamentar el dictamen, el secretario de la Comisión, Vladimir Barrera Fuerte, explicó que los denunciantes no presentaron pruebas que acreditaran las causales para solicitar la revocación de mandato. Señaló que, conforme al artículo 251 del Código Procesal Civil del Estado de Guerrero, la carga de la prueba recae en quien afirma los hechos.
La Comisión concluyó que los señalamientos se basaron únicamente en apreciaciones subjetivas y carecieron de sustento jurídico, por lo que determinó declarar improcedente la solicitud de revocación de mandato.
En abril, señalaron incumplimiento reiterado de las obligaciones de la alcaldesa, señalando el deterioro de la ciudad. También reprocharon la ausencia de políticas públicas y programas de prevención de la violencia, la falta de convocatoria a las sesiones, la inexistencia de cabildos abiertos y la ausencia de la presidenta municipal.
